Una vez turnada la iniciativa a la o las comisiones correspondientes, se apertura el registro para la recepción de observaciones y/o propuestas, durante un periodo de cinco días; de conformidad con el artículo 94 bis del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.*

1.- Selecciona la iniciativa

Fecha de turno Iniciativa Origen Comisión Archivo
22 abril 2024 Proposición de Acuerdo de urgente y obvia resolución por medio del cual, respetuosamente se exhorta a los 20 ayuntamientos de la entidad para que realicen los estudios técnicos necesarios que coadyuven con las administraciones constitucionales 2024-2027 en materia de manejo integral de residuos sólidos; y que dichos estudios formen parte de la entrega-recepción. Diputada Karla María Hernández Darey Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano y Vivienda con Ecología y Protección al Medio Ambiente Descargar
22 abril 2024 Iniciativa con Proyectos de Decreto que tiene como finalidad reformar la Constitución Política del Estado de Nayarit, la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, en materia de sesiones. Diputada Elsa Díaz Chávez Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales con Régimen Interno y Prácticas Parlamentarias Descargar
19 abril 2024 Iniciativa con Proyectos de Decreto que tienen por objeto reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de Educación, ambas del Estado de Nayarit, en materia de ciudadanía digital y derechos digitales. Diputado Luis Fernando Pardo González. unidas de Educación y Cultura; con Niñez, Juventud y Deporte. Descargar
19 abril 2024 Iniciativa que tiene por objeto reformar y adicionar la Ley de Vivienda para el Estado de Nayarit, en materia del Derecho a la vivienda de las juventudes. Diputado Aristeo Preciado Mayorga. Desarrollo Urbano y Vivienda. Descargar
Usted puede consultar todas las iniciativas recibidas, así como las que actualmente se encuentran turnadas a las Comisiones Legislativas para su estudio aquí .

* Artículo 94 bis.- Las y los ciudadanos, los entes públicos o privados y representantes de los demás sectores sociales y económicos, podrán hacer observaciones y propuestas para la modificación de las iniciativas de Ley o Decreto que se presenten ante el Congreso.

El periodo para recibir las observaciones y propuestas no será mayor a cinco días naturales a partir de que se publique en la página de internet la apertura del registro de propuestas para la iniciativa que se trate.

En cada caso, las comisiones determinarán si son de tomarse en cuenta o no las observaciones y propuestas.

** Artículo 98 bis.- Turnada la iniciativa a la comisión respectiva, se publicará en la página de internet la apertura del registro para la recepción de observaciones y propuestas respecto a la iniciativa de Ley o Decreto que se trate.

El registro al que alude el párrafo que antecede deberá de contener al menos lo siguiente:

  1. Formulario para recabar datos de contacto del solicitante, y
  2. Recuadro para capturar y adjuntar, la información sobre las observaciones y propuestas.

Una vez que se haya cerrado el registro, la Secretaría General remitirá a la comisión correspondiente las observaciones y propuestas que en su caso se hayan recibido.


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