Una vez turnada la iniciativa a la o las comisiones correspondientes, se apertura el registro para la recepción de observaciones y/o propuestas, durante un periodo de cinco días; de conformidad con el artículo 94 bis del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.*

1.- Selecciona la iniciativa

Fecha de turno Iniciativa Origen Comisión Archivo
18 octubre 2024 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley de Educación y la Ley de los Derechos Humanos de Niñas, Niños y Adolescentes, ambas para el Estado de Nayarit, en materia de uso de uniformes neutros en centros escolares. Diputada Georgina Guadalupe López Arias Educación y Cultura Descargar
18 octubre 2024 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 110 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit Dr. Miguel Ángel Navarro Quintero, Gobernador Constitucional del Estado de Nayarit Ecología y Protección al Medio Ambiente Descargar
18 octubre 2024 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Nayarit Diputada Carmina Regalado Mardueño Ciencia, Tecnología e Innovación Descargar
18 octubre 2024 Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nayarit y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, en materia de banco de medicamentos para gestoría social y tratamientos oncológicos. Diputado Diego Cristóbal Calderón Estrada Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Descargar
18 octubre 2024 Iniciativa con proyecto de decreto que tiene por objeto reformar la Ley de Ingresos del Municipio de Tepic; para el Ejercicio Fiscal 2024, en materia de tarifas justas en los tianguis. Diputada Georgina Guadalupe López Arias Comisión Legislativa de Hacienda, Cuenta Pública y Presupuesto Descargar
Usted puede consultar todas las iniciativas recibidas, así como las que actualmente se encuentran turnadas a las Comisiones Legislativas para su estudio aquí .

* Artículo 94 bis.- Las y los ciudadanos, los entes públicos o privados y representantes de los demás sectores sociales y económicos, podrán hacer observaciones y propuestas para la modificación de las iniciativas de Ley o Decreto que se presenten ante el Congreso.

El periodo para recibir las observaciones y propuestas no será mayor a cinco días naturales a partir de que se publique en la página de internet la apertura del registro de propuestas para la iniciativa que se trate.

En cada caso, las comisiones determinarán si son de tomarse en cuenta o no las observaciones y propuestas.

** Artículo 98 bis.- Turnada la iniciativa a la comisión respectiva, se publicará en la página de internet la apertura del registro para la recepción de observaciones y propuestas respecto a la iniciativa de Ley o Decreto que se trate.

El registro al que alude el párrafo que antecede deberá de contener al menos lo siguiente:

  1. Formulario para recabar datos de contacto del solicitante, y
  2. Recuadro para capturar y adjuntar, la información sobre las observaciones y propuestas.

Una vez que se haya cerrado el registro, la Secretaría General remitirá a la comisión correspondiente las observaciones y propuestas que en su caso se hayan recibido.


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